Declaración de la Renta 2023 con la compra de un coche eléctrico
Maximiza tus deducciones fiscales en España
Con el inicio del período de declaración de impuestos para el ejercicio fiscal de 2023, llega el momento de revisar las oportunidades que podrían ayudarte a maximizar tus ahorros. Si has adquirido un nuevo vehículo eléctrico el año pasado, ¡presta atención! Este año trae consigo cambios significativos en las deducciones fiscales relacionadas con la compra de automóviles, especialmente para aquellos interesados en vehículos eléctricos y enchufables, además de para aquellos que hayan instalado puntos de recarga.
Y es que precisamente, una de las principales novedades en la declaración de impuestos de este año es la inclusión de deducciones fiscales para todos aquellos que compraron un vehículo eléctrico. Ahora, parte del costo de adquisición de estos vehículos y lo pagado por la compra e instalación de cargadores eléctricos, es deducible en tu declaración de impuestos.
¿Quiénes pueden beneficiarse?
La deducción en la declaración de impuestos se aplica a una amplia gama de vehículos, incluidos turismos, cuadriciclos y motocicletas eléctricas. Para calificar, el vehículo debe haber sido matriculado entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024. Sin embargo, si realizaste un pago a cuenta del 25% del valor total del vehículo en el ejercicio anterior, también puedes acceder a esta deducción.
¿Cuál es el beneficio?
Podrás deducir hasta un 15% del costo del vehículo, con un límite máximo de 3.000 euros. Esto significa que la deducción se aplicará sobre los primeros 20.000 euros del precio de compra del vehículo.
Además de la compra del vehículo en sí, también puedes deducir hasta un 15% de los gastos asociados con la instalación de puntos de carga, con un límite máximo de 4.000 euros. Es importante tener en cuenta que la instalación debe haber sido completada antes del 31 de diciembre de 2023 para calificar para esta deducción.
Otras oportunidades de deducción.
Además de las deducciones para vehículos eléctricos, hay otras oportunidades para maximizar tus ahorros fiscales al comprar un vehículo:
- Para personas con discapacidad del 33% o más, es posible deducir el 4% del IVA de la compra del vehículo.
- Para familias numerosas, se puede deducir el 50% del impuesto de matriculación, siempre que el vehículo esté a nombre de los progenitores y no se haya aplicado la misma deducción en los últimos cuatro años.
- Si eres autónomo o tienes una empresa, también hay oportunidades para deducir los gastos relacionados con el vehículo utilizado para fines comerciales. Los autónomos en el sector del transporte pueden deducir el 100% del IVA y otros gastos asociados, mientras que otros autónomos pueden deducir el 50% de ciertos gastos.
Plan MOVES III y tributación.
Es importante tener en cuenta que las deducciones fiscales obtenidas a través del Plan MOVES III deben ser declaradas como ganancias patrimoniales en tu declaración de impuestos. Esto significa que parte de la ayuda recibida podría estar sujeta a impuestos, dependiendo de tus ingresos.
Tramos del IRPF
Hasta 12.450 euros | Devolución del 19% de la ayuda |
Hasta 20.200 euros | Devolución del 24% de la ayuda |
Hasta 35.200 euros | Devolución del 30% de la ayuda |
Hasta 60.000 euros | Devolución del 37% de la ayuda |
Hasta 300.000 euros | Devolución del 45% de la ayuda |
Más de 300.000 euros | Devolución del 47% de la ayuda |
Sin embargo, recordamos que respecto al Plan MOVES III, las deducciones aprobadas para el conjunto del Estado no valen para el País Vasco. En este caso, estas cantidades subvencionables NO tributan en la Declaración de la Renta y, por lo tanto, NO deben reflejarse en la misma. Esto se refleja en el apartado n) * del artículo 12 * del DECRETO FORAL 33/2014, de 14 de octubre por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales:
*Artículo 12: estarán exentas las ayudas públicas prestadas por las Administraciones públicas territoriales al amparo de las normativas y de los programas o planes de ayudas : 13 Plan + Euskadi 09′ respecto de Planes Renove de ventanas, electrodomésticos, calderas, turismos con gran ahorro energético y mobiliario incluidos en el mismo, así como el Plan Renove en materia de rehabilitación eficiente de viviendas y edificios de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y los que les sustituyan con el mismo objeto.
Recuerda consultar con un asesor fiscal para obtener orientación específica sobre tu situación financiera.
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